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El poder es un juicio

 

El poder, sostenemos, es un juicio. Como distinción lingüística, el poder no se refiere a una sustancia, cuya existencia podamos suponer independiente de nosotros. Por el contrario, el poder siempre vive como un juicio que hacemos. Sin nuestra capacidad de hacer juicios, no nos seria posible hablar del poder, reconocerlo como fenómeno, ni vivir su experiencia.

Al reconocerlo como juicio, estamos señalando que cuando hablamos del poder estamos haciendo una adscripción, estamos adscribiéndole algo a una determinada entidad, algo que no pertenece como tal a la entidad sino a la manera en que nosotros, como observadores, nos relacionamos con ella. Tal como sucede con todo juicio, con toda adscripción, es el observador quien le «confiere» un determinado rasgo a una entidad particular.

¿Que tipo de juicio es el poder? El poder se constituye en cuanto fenómeno a partir de un juicio emitido por un observador sobre la mayor capacidad de generar acción de una determinada entidad. Al decir mayor, reconocemos que estamos comparando la capacidad de generar acción de la entidad que examinamos con la capacidad mas restringida de generar acción de otras entidades equivalentes. Examinemos brevemente algunos de los elementos contenidos en este postulado.

El poder, como juicio, se refiere a «una determinada entidad». ¿Por que hablamos de «entidad»? Para hacer presente que el juicio de poder lo hacemos para cualquier unidad que presumamos con capacidad de acción. Podemos distinguir tres tipos de entidades: los agentes, las maquinas y las herramientas.

Llamamos agentes a entidades con capacidad autónoma de acción. A las acciones de estos podemos atribuirles (interpretarles) una determinada inquietud. En el caso de los agentes podemos decir que ellos actúan como forma de hacerse cargo de alguna inquietud. Los agentes pueden ser individuos o agentes colectivos (organizaciones, comunidades, etcétera).

Llamamos maquinas a aquellos artefactos que son capaces de desarrollar alguna actividad por si mismos, pero que requieren de un agente para programarlos, iniciarlos o detenerlos. Con el desarrollo de variados mecanismos de retroalimentación, la distinción entre agentes autónomos y maquinas se ha hecho cada vez mas difusa y problemática, como nos lo muestra la discusión registra-da en torno a la temática de la inteligencia artificial.

 

Tenemos también entidades que no poseen capacidad autónoma de acción por si mismas, pero que aumentan la capacidad de acción de un agente. Las llamamos herramientas. Una herramienta normalmente expande la capacidad de acción de un agente y, al hacerlo, incrementa su poder. Ello nos permite hablar de herramientas más o menos poderosas. Cuando lo hacemos, sin embargo, usamos la distinción de poder por referencia al agente que hace uso de la herramienta. En cuanto tales, las herramientas no poseen poder. Ellas incrementan el poder de los agentes.



El poder, hemos dicho, es un juicio sobre «capacidad de generar acción». La acción, por lo tanto, es el referente básico del juicio de poder. Mientras mayor sea la capacidad de acción de una entidad, mas poder podremos sostener que ella tiene.

A este respecto es importante hacer dos alcances. El primero de ellos consiste en distinguir la capacidad de acción del juicio de poder. Se trata de dos fenómenos distintos. Las entidades poseen la capacidad de acción que poseen y ella muchas veces puede ser independiente del juicio que pueda hacer un observador. En este sentido, obviamente no es el juicio el que les confiere (o les adscribe) la capacidad de acción que poseen. Sin embargo, dada esa capacidad de acción, podemos emitir el juicio de que la entidad es poderosa. El poder, por lo tanto, vive en el juicio que se emite y no en la capacidad de acción que se enjuicia.

El segundo alcance guarda relación con el hecho de que el juicio de poder no es siempre un juicio sobre acciones emprendidas, sino sobre «capacidad de generar acción». Con ello estamos señalando que no es necesario que la acción deba llevarse a cabo para poder emitir fundadamente el juicio de poder. Aunque la entidad no actúe, si podemos sostener que posee la «capacidad» de hacerlo, igual podremos hacer el juicio de poder. Tener poder es diferente de ejercerlo. Lo que nos muestra este alcance es que el juicio de poder no es sobre la acción, sino sobre el dominio de lo posible. Si tengo el juicio de que alguien podría hacer algo, lo haga o no lo haga, puedo de igual forma sostener que tiene poder para ello. Sobre este punto volveremos mas adelante.

Cabe, por último, referirse al elemento de capacidad de acción «diferenciada». Podríamos haber dicho también «relativa» o «comparativa». ¿A que estamos apuntando con ello? Sostenemos que el juicio de poder no lo hacemos examinando solamente la capacidad de generar acción de una entidad, sino comparando tal capacidad de acción con alguna otra. El juicio de poder diferencia la capacidad de acción de la entidad que es enjuiciada por referencia a algo. Y es en la diferencia que el juicio de poder se hace en tanto juicio.

El punto de referencia puede muchas veces ser una entidad similar a la enjuiciada. Puede ser también la referencia a determinados estándares sociales lo que nos permite sostener que una entidad es poderosa. Lo importante de reconocer, en este sentido, es que la observación aislada de la capacidad de acción de una entidad no nos conduce al juicio de poder. Si luego de observar una sola entidad, sin referencia a otras o a determinados estándares, decimos que esta tiene poder eso no tiene sentido. El juicio de poder siempre supone la referencia a otra entidad equivalente o a estándares sociales determinados.

Ello nos permite entender por que un juicio de poder hecho bajo determinadas condiciones históricas, pueda perder sentido, de modificarse tales condiciones. Los estándares sociales cambian históricamente y lo que era poderoso en un momento, deja de serlo con posterioridad. Ello sucede en el campo de los deportes, de la tecnología, de la educación, en el mundo de los negocios, etcétera. Sucede también que el mismo desempeño puede ser considerado muy poderoso por una comunidad y puede pasar inadvertido en otra. Ello nos confirma el carácter lingüístico del poder.

 


Date: 2016-03-03; view: 543


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