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Alejándonos de la psicología metafísica: reconstrucción crítica de las caracterizaciones

 

Nuestra comprensión de los juicios nos da la primera pista para disolver esta interpretación metafísica de la persona. Toda caracterización que hacemos de nosotros mismos (y de los demás) es un juicio. Cuando decimos, por ejemplo, «Jorge tiene mal genio» o, «María es tímida» o, «Carmen escribe hermosas historias», parecemos caracterizar a Jorge, María y Carmen. Es como si estuviéramos diciendo cómo son y, por lo tanto, describiendo su ser. También suponemos que, puesto que sabemos cómo son, sabemos qué podemos esperar de ellos en términos de su conducta. Estas caracterizaciones parecen decirnos cómo actuarán ellos.

Sin embargo, una vez que nos damos cuenta de que todos éstos son juicios, nos damos cuenta también, de que no estamos describiendo a nadie. Lo que estamos haciendo adscribirles algunas propiedades. Los juicios no describen, puesto que no son afirmaciones. Ellos adscriben.

¿Cuáles son el proceso y las condiciones que nos conducen a emitir un juicio? ¿Cómo llegamos a emitirlos? Todos sabemos que los juicios no son arbitrarios y que estamos comunicando algo cuando los hacemos. No porque sean adscripciones debemos concluir que ellos carecen de significado. Al contrario, son significativos. Y así también, por lo tanto, lo son las caracterizaciones personales. No se trata, por lo tanto, de negarles valor a las caracterizaciones; se trata de reinterpretarlas.

De acuerdo a lo que hemos sostenido anteriormente hablar de los juicios, sostenemos que hacemos juicios sobre los individuos según como ellos actúen. Si actúan le una u otra manera podemos decir, «Jorge tiene mal genio», «María es tímida» y «Carmen escribe hermosas historias». Si se nos preguntara por qué decimos lo anterior, diremos que los hemos visto actuar de un modo tal que nos permite emitir esos juicios.

Aquí es importante detenerse, pues estamos apuntando a algo que es interesante. Así como los juicios se fundan en acciones que hemos observado, sabemos que toda acción siempre tiene lugar en un momento determinado y dentro de un dominio determinado. Lo curioso, sin embargo, es que al hacer nuestras caracterizaciones suponemos que estamos haciendo una descripción de cómo son las personas. Estamos, por lo tanto, haciendo una conclusión general, que pretende hablar de la forma de ser permanente de un individuo, a partir de las adscripciones realizadas en instancias particulares. Olvidamos también que esa supuesta descripción es el resultado de observar acciones determinadas, y terminamos suponiendo que hemos llegado a conocer el ser inmutable de las personas (y no sus acciones). Y llevamos esto aún más lejos. Y puesto que suponemos saber cómo los individuos son, concluimos que podemos predecir cómo actuarán.



Volvamos, pues, al proceso de hacer caracterizaciones que examinábamos anteriormente. Al observarlo con atención, apreciamos que se ha producido una inversión fundamental. Lo que inicialmente eran juicios relativos a las acciones de las personas que nos permitían suponer cómo ellas son, se considera después como comprensión de la forma de ser de la gente, que nos permite establecer cómo actuarán.

¿Hay algo malo en esto? Desde nuestra perspectiva, tenemos que responder simultáneamente que sí y que no. Consideremos, en primer lugar, por qué decimos que podría no haber nada malo en proceder de esa manera. Si lo que estamos haciendo es observar las acciones de la gente en el pasado o en el presente para anticipar la forma en que podrían actuar en el futuro, no hay nada malo. Estamos sencillamente haciendo lo que un juicio siempre hace. Y como lo veremos, hay fundamentos para esperar que la manera en que las personas hayan actuado en el pasado bien pudiera repetirse en el futuro. Pero cuando hacemos esto, estamos tratando con acciones — acciones pasadas, presentes, futuras— y nada más. El que alguien haya actuado de una forma u otra en el pasado no conlleva la descripción de alguna propiedad permanente o fija de la persona que está actuando.

Por lo tanto, damos un salto no válido cuando tomamos esos juicios como características permanentes de la persona que está siendo evaluada (incluidos nosotros mismos). No hay nada que nos autorice legítimamente a concluir que hemos alcanzado algo permanente o fijo. Sin embargo, éste es precisamente el modo en que procedemos normalmente. Operamos dentro de la comprensión tradicional de la persona suponiendo, primero, que los seres humanos tienen una forma de ser inmutable. Las caracterizaciones personales se consideran, en general, precisamente eso: descripciones certeras de nuestro permanente modo de ser.

 

 


Date: 2016-03-03; view: 797


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